Spanish Patent Box
El artículo 23 del TRLIS establece una reducción de la base imponible por la cesión del uso o derecho de uso de determinados intangibles que hayan sido creados en el marco de una actividad innovadora y que posean un carácter eminentemente tecnológico.
Aplicable a los siguientes activos intangibles: patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos, derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, quedando excluidos las marcas, obras literarias, artísticas o científicas (películas cinematográficas), derechos personales susceptibles de cesión (derechos de imagen), programas informáticos y equipos industriales, comerciales o científicos.
La publicación de la Ley de Emprendedores y su Internacionalización, modifica este incentivo fiscal:
- La reducción de la base imponible pasa a ser del 60% de las rentas (diferencia positiva entre los ingresos y las amortizaciones, deterioros y los gastos relativos al intangible objeto de cesión) derivadas de la cesión de los intangibles
- Aplicable también a la transmisión (no sólo a la cesión) de los activos intangibles (salvo las transmisiones intragrupo)
- Se amplía para los activos que se generen en la entidad cedente de forma sustancial (mínimo 25% de su coste)
- Desaparece el límite de aplicación; eliminándose el límite de 6 veces el coste de generación del activo
- Desaparece la opción de no eliminación de ingresos y gastos por cesión para las operaciones en el ámbito de grupos fiscales
Certificación Patent Box:
Para una mayor seguridad jurídica ACIE dispone de un esquema de certificación para el incentivo Patent Box que se ocupa de verificar los requisitos y condiciones exigidos por la normativa, y que proporciona a la empresa de un peritaje imparcial, técnico y objetivo.
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