Los Certificados de Ahorro Energético (CAE) se han convertido en una herramienta clave para fomentar la eficiencia energética y el ahorro en nuestro país. Este modelo, ya existe desde hace años en otros países europeos como Francia, Bélgica, Italia o Reino Unido. Los CAE pretenden medir y monetizar el ahorro de energía en las empresas. ¿Pero realmente que son?
Qué son los Certificados de Ahorro Energético (CAE)
Un CAE es un documento electrónico que garantiza que, tras llevar a cabo una actuación de eficiencia energética, se ha conseguido un ahorro de energía final. Es decir, monetiza los ahorros energéticos de las empresas, permitiendo así recuperar parte del coste de la inversión en eficiencia energética.
Los certificados de ahorro energético CAE se encuentran regulados en el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero. Desde que entraron en vigor el pasado 26 de enero de 2023, este sistema, va a permitir a las empresas cumplir con las obligaciones de aportaciones al Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE), y monetizar los ahorros energéticos obtenidos. Mejorando como consecuencia, los ratios de retorno de inversión en materia de protección del medio ambiente.
Características de los Certificados de Ahorro Energético CAE
- Los sujetos obligados o los sujetos delegados serán los únicos titulares de un CAE.
- Los CAE se emiten por valor de un kilovatio hora (1 kWh) (sin posiciones decimales, se tendrán en cuenta las reglas de redondeo.)
- En caso de que un CAE recogiera ahorros energéticos provenientes de distintas actuaciones, la ejecución de dichas actuaciones deberá haber finalizado en el mismo año.
- Los CAE tendrán validez para todo el territorio nacional y podrán ser negociados exclusivamente entre aquellos que puedan ostentar su titularidad.
- Cada CAE se codificará unívocamente y contendrá, al menos, la identificación de su titular y la fecha de expiración de su validez.
- Según el Artículo 14 del Real Decreto 36/2023 podrán ser liquidados por los sujetos obligados y/o los sujetos delegados.
- Tanto los sujetos obligados como los sujetos delegados serán responsables de la actualización de los certificados que hayan liquidado.
¿Cómo obtener el CAE?
El sujeto obligado debe presentar ante el verificador de ahorro un expediente con todos los detalles de la actuación de eficiencia energética realizada y de los ahorros de energía conseguidos. Si el resultado de la verificación es conforme, el verificador emitirá un dictamen favorable en el que se recogerá, entre otra información, el valor del ahorro de energía conseguido.
Agentes que intervienen
- Sujeto Obligado. Son las empresas comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor y los operadores de gases licuados de petróleo al por mayor. Los sujetos obligados además, necesitan conocer qué beneficiarios les pueden vender sus ahorros para cumplir con los ahorros mandatorios que tienen que hacer cada año.
- Sujeto Delegado. Todas las personas que pueda asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de ahorros de energía de uno o varios sujetos obligados y que haya sido previamente acreditado como tal por el Coordinador Nacional del Sistema de CAE. Es decir, las empresas acreditadas por la Dirección General de Política Energética y Minas que adquieran compromisos de ahorro de sujetos obligados mediante un contrato de delegación, comprometiéndose con éstos a liquidar una cantidad determinada de CAE en su nombre cada año.
- Usuario final o beneficiario. La persona física o jurídica que, siendo titular, arrendatario u ocupante de las instalaciones sobre las que se ha ejecutado la actuación de eficiencia energética, obtiene un impacto positivo de los ahorros de energía final generados.
- Certificadora. Una entidad acreditada por ENAC debe dar fe de que los ahorros que el beneficiario dice que va a obtener están bien calculados.
- Gestores Autonómicos. Organismo responsable de la emisión de cada CAE en la Comunidad Autónoma donde se haya ejecutado la actuación.
- Coordinador Nacional. Organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), encargado de la recepción de los CAE emitidos por los Gestores Autonómicos y su inscripción en el Registro Nacional de CAE.
En ACIE, como principal certificadora verificamos las actuaciones de ahorro energético, diferenciando entre actuaciones estandarizadas y actuaciones singulares. Como resultado, emitimos el dictamen de verificación que es preceptivo para la presentación de la solicitud de emisión del CAE ante el Gestor Autonómico.